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    Fuentes, Revista de la Biblioteca y Archivo Histórico de la Asamblea Legislativa Plurinacional

    versión impresa ISSN 1997-4485

    Rev. Fuent. Cong. v.10 n.43 La Paz abr. 2016

     

    EDITORIAL

     

    Hacia la sociedad de la información y el conocimiento

     

     


     

     

    Importantes avances se han suscitado en el avance hacia la sociedad de la información y el conocimiento, desde diversas áreas de la administración del Estado, así como en el orden municipal o universitario.

    Un hecho significativo fue la sanción de la Ley Municipal de Transparencia, que busca agilizar los trámites en la administración edil, lentos en extremo, hasta lo impensable. La ley en cuestión establece el plazo máximo de atención de un asunto en diez días hábiles, prorrogables, por única vez, en la mitad de su alcance. La ley otorga al ciudadano la certidumbre que un trámite municipal no puede exceder ese límite administrativo.

    Las autoridades de regulación también han normado este aspecto, otorgando plazos perentorios para la atención de reclamos, al igual que para la presentación de documentos de descargo o aportación de pruebas materiales. Por ejemplo, en la oficina de Certificación de Años de Servicio, el plazo máximo es de diez días hábiles, y en general en el resto de la administración pública.

    En ese orden, una noticia que impactó a la comunidad universitaria es la determinación de la Universidad Mayor de San Andrés de facilitar la homologación de títulos extendidos por universidades extranjeras, empleando las tecnologías de la información y comunicación, permitiendo que el docente universitario que hubiera cursado un posgrado en el exterior pueda revalidad su título académico presentando una copia simple a su solicitud, previa compulsa con el original, a partir de lo cual la Universidad toma contacto con la casa superior que extendió el título y pedirá por esa vía certificar la validez del diploma. Con esa determinación, se ha librado al profesor universitario de un ahorro significativo de tiempo y sobre todo de dinero, que tuviera que erogar para viajar a la universidad donde cursó estudios. Solo por esa razón, muchos profesionales jamás revalidaron sus títulos.

    También en el ámbito universitario de San Andrés, se ha aplicado y desarrollado el concepto del expediente único y la inscripción electrónica, lo que faculta al estudiante a no presentar dos veces el mismo documento a la Universidad. Empleando el símil de la firma digital, el estudiante tendrá acceso a su expediente académico sin necesidad de aportar nuevamente con los mismos documentos, como sucede en la actualidad.

    En el ámbito de la educación formal (primaria-secundaria), se ha instituido el Registro Único del Estudiante (Rude), que permite acceder al récord académico y también al boletín de notas cada bimestre.

    Pero el avance más significativo viene desde la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnología de la Información y Comunicación (Agetic), que ha anunciado la reducción del tiempo que demoraba un trámite de defensa de tesis en una universidad privada de seis meses a cuatro días, reduciendo significativamente los trámites por medio del uso de la firma digital.

    Esa modalidad entrará en vigencia de manera masiva en la vida económica, social, cultural, educativa y académica de los estantes y habitantes del país, quienes tendrán la posibilidad de realizar transacciones por internet, prescindiendo de la necesidad de acudir físicamente a las oficinas de la administración estatal en todos sus niveles.

    La Paz, abril de 2016

     

    Luis Oporto Ordóñez
    Editor de Fuentes