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    Fuentes, Revista de la Biblioteca y Archivo Histórico de la Asamblea Legislativa Plurinacional

    versión impresa ISSN 1997-4485

    Rev. Fuent. Cong. v.8 n.34 La Paz oct. 2014

     

    INVESTIGACIÓN

     

    Archivos, verdad y justicia: Una relación necesaria

     

     

    Archives, truth and justice: A necessary relation

     

     

    Ricard Ibarra Ollé*
    Archivero, Director del Archivo Histórico Provincial de Tarragona,
    Presidente de Archiveros sin Fronteras AsF España. ricard.ibarra@gencat.cat

     

     


    Resumen

    La archivística moderna reclama para los archivos un papel clave como instrumento esencial en la aplicación de políticas de transparencia y buen gobierno, así como para poder disponer de la base documental que permita conocer la verdad de la actuación de personas, instituciones y gobiernos, y haga posible aplicar la debida justicia en caso de vulneración de los derechos humanos. Para que esto sea posible, resulta evidente la necesidad de disponer de archivos operativos, dotados de los recursos necesarios y a cargo de profesionales competentes y correctamente formados. Es indispensable que el colectivo de profesionales de los archivos apueste sin reservas por este papel de los archivos; en este sentido, la ONG Archiveros sin Fronteras representa una opción para trabajar en esta dirección.

    Palabras clave: <Archivos><Transparencia><Derechos Humanos><Archiveros sin Fronteras>


    Abstract

    The modern archivístic demands for the archives as a essential instrument in the application of transparency policies and good government, as well as to be able to have the documentary base that it allows to know the truth abouth the performance of people, institutions and governments, and does possible to apply due justice in case of vulneración of the human rights. So that this is possible, is evident the necessity to have operative archives, equipped with the necessary resources and in charge of competent professionals and correctly formed. He is indispensable that the group of professionals of the archives bets without reserves by this paper of the archives; in this sense, the ONG Archivists without Borders represents an option to work in this direction.

    Key words: <Archives><Transparency><Human rights><Archiveros sin Fronteras>


     

     

    Es conocido y reconocido que las sociedades avanzadas tienen en su sistema de archivos uno de los principales elementos de garantía democrática, constituyendo el eslabón entre el buen gobierno y la defensa de los derechos de los ciudadanos. Aunque se suele asociar el archivo a conceptos de patrimonio, identidad, memoria y conocimiento, es incuestionable que en los últimos tiempos se halla también cada vez más vinculado a los ideales de verdad y justicia.

    En las últimas décadas, esta vertiente de los archivos ha adquirido una especial relevancia, y desde la misma comunidad archivística internacional se ha trabajado para potenciar esta dimensión; el Consejo Internacional de Archivos (CIA) dispone de un Grupo de Trabajo de Derechos Humanos, y ya en 1995 publicó un primer estudio sobre los archivos de los regímenes represivos, dirigido por Antonio Gonzalez Quintana, y en 2003, la mesa redonda de archivos del CIA celebrada en Ciudad del Cabo se dedicó al tema de los archivos y los derechos humanos.

     

    Accesibilidad, desclasificación y transparencia

    Dos de los aspectos que deben ser fundamentales en la obtención de la verdad son la accesibilidad y la desclasificación de aquellos documentos que aporten luz sobre los hechos acaecidos en tiempos de guerra y represión. Son las llaves maestras de la verdad.

    Tradicionalmente, los archivos se han contemplado como lo que algunos expertos han denominado "arsenal de la autoridad e instrumento de poder", de modo que la limitación del acceso constituye un instrumento de control de la información que pudiera perjudicar los intereses del poder. Esto es así desde la época medieval.

    Ante esto, el concepto de derecho a la información se ha consolidado avanzado ya el siglo XX, fundamentalmente después de la segunda guerra mundial, de modo que la transparencia de la administración pública constituye hoy uno de los pilares de las sociedades democráticas. Los archivos son garantía de los derechos de los ciudadanos e instrumentos determinantes de la eficacia y eficiencia del Estado.

    Hacer compatible esta necesaria transparencia con el correcto uso de información sensible constituye el gran reto de los gobiernos de todo el mundo, que abordan la cuestión de manera diversa, en función de sus propias circunstancias.

    Las directivas europeas más recientes recomiendan propiciar políticas de permisos especiales para acceder a documentos de acceso restringido.

    En el caso de España, los intentos de desclasificación de documentación militar, por ejemplo, topan con serias dificultades, casi siempre ligadas a la falta de recursos que el Estado destina a este fin o a la inactividad ejecutiva. En 2008 el gobierno socialista declaraba querer desclasificar documentación militar histórica, sin que esta voluntad fuese más allá de las buenas intenciones.

     

    El Reglamento de Archivos Militares, de diciembre de 1998, que establece el principio general de libre acceso a sus fondos, excluye expresamente los documentos clasificados, de los que dice que "se regirán por su legislación específica", que no es otra que la ley franquista de Secretos Oficiales, aprobada en 1968 y modificada en octubre de 1978 (antes de que se aprobara la Constitución). El artículo 7 de la citada ley señala que "la cancelación de cualquiera de las calificaciones previstas [secreto o reservado] será dispuesta por el órgano que hizo la respectiva declaración" [el Consejo de Ministros o la Junta de Jefes de Estado Mayor] y el 5 señala que la competencia para clasificar un documento (y, por tanto, desclasificarlo) "no podrá ser transferida ni delegada".

    En este asunto, por tanto, el papel de archiveros y juristas queda a remolque de la voluntad de las cúpulas políticas y militares. En consecuencia, la desclasificación de documentos en España viene limitada de origen, y se atiene a los designios del poder más que al interés de la sociedad o a la vigencia y el valor de los documentos.

    Queda claro que sin una normativa regida por criterios archivísticos y jurídicos, la desclasificación documental española constituye una figura más bien simbólica, sin efectos prácticos.

    Por otra parte, la ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, debería satisfacer las necesidades de conocimiento de los asuntos públicos, pero no basta con la ley, sino que son precisos unos archivos públicos correctamente dotados, y a cargo de profesionales independientes y con la formación necesaria, que garantice un correcto ejercicio de la profesión, sobre todo en lo que respecta a códigos de conducta para profesionales que trabajan con información referida a la violación de los derechos humanos.

    Esta sería la clave para un buen ejercicio de transparencia.

    Para el conocimiento de los archivos españoles con información sobre la guerra civil y la posguerra, es fundamental el informe de 2006 sobre archivos y sus condiciones de acceso, elaborado por la Comisión Interministerial para el estudio de las Víctimas de la Guerra Civil y el Franquismo, que sirvió para la elaboración de la Ley de la memoria Histórica de 2007. En él se detallan todos los centros que custodian documentación susceptible de aportar información esencial para el conocimiento de la verdad de los hechos acaecidos durante la guerra y a raíz de la feroz represión posterior a 1939.

    Este es un documento de gran interés, que da una perspectiva global de la documentación existente en el país, tanto en archivos públicos como privados, y aún en el exterior, siendo uno de sus principales objetivos el dar una perspectiva general de los fondos existentes, de sus características respecto del contenido, de sus condiciones de conservación y, finalmente, de las posibilidades de acceso.

    Una de las conclusiones de este informe es la constatación de la existencia de una gran cantidad de documentación sobre este período. Con todo, es conocida la destrucción de documentación de diferentes organismos del "Movimiento", como Falange, a raíz de instrucciones directas de Madrid a los Gobiernos Civiles, una orden que en alguna localidad no fue cumplida, con lo cual quedan vestigios de estos fondos, de gran interés para documentar la dinámica de represión del régimen sobre los "desafectos". Personalmente tuve ocasión de ver y consultar -aunque rápidamente- el archivo de Falange de una localidad de la provincia de Tarragona, que no cumplió con la instrucción de destrucción recibida, y puedo atestiguar la importancia de esta documentación.

    Otra de las interesantes conclusiones del informe en cuestión se refiere al acceso a estos fondos, tanto desde la perspectiva del tratamiento archivístico, que se define como deficiente "que aún queda mucho por hacer en términos de catalogación y concentración, porque se hallan dispersos, mal catalogados y en general no digitalizados. En conjunto, no puede decirse que esta documentación esté bien controlada" o a las condiciones de conservación "también es cierto que en muchos casos los documentos se hallan sometidos a precarias condiciones de conservación".

    Mención específica merecen las consideraciones jurídicas que limitan el acceso, ya sea en base a la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español o la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, sin referencias al Reglamento de Archivos Militares de 1998 o a la Ley de Secretos Oficiales de 1968.

    La conclusión es que las personas interesadas en la consulta de esta documentación se encuentran con frecuentes obstáculos, derivados en general de la falta de recursos que se destinan al tratamiento archivístico y a la falta de normas de acceso homogéneas.

    En definitiva, el reconocimiento al papel de los archivos como elemento fundamental para la defensa de los derechos humanos ha aumentado en las últimas décadas. De ser instrumentos al servicio de las instituciones de las que forma parte, los archivos han pasado a convertirse también en mecanismos al servicio de los ciudadanos y de sus derechos.

     

    Archiveros sin fronteras: solidaridad archivística para la defensa de los derechos humanos

    La defensa de los derechos humanos a través de la correcta gestión de los archivos y de la información en ellos contenida ha sido, desde su mismo inicio, uno de los objetivos de nuestra entidad.

     

     

    Fuera de nuestras fronteras, AsF ha apoyado, gracias a la financiación del Ministerio de Cultura español, diversos proyectos de defensa de los derechos humanos; por citar algunos, podríamos mencionar el Proyecto de recuperación y acceso a los archivos de regímenes represivos de Latinoamérica, un trabajo iniciado en 2005 que fue presentado en sociedad en junio de 2012, y que ha dado lugar a una web donde se centraliza la información que aportan las diferentes AsF's de Latinoamérica.

    Se ha pretendido recopilar, relacionar, organizar y preservar los fondos documentales relacionados con la represión institucional. Si en su inicio este proyecto contó con la participación de Argentina y Uruguay, a partir de 2006 se sumaron al proyecto las AsF de Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador y México.

    En el marco de este proyecto, se impulsó en Uruguay un estudio sobre la recuperación de la memoria histórica buscando justicia para las personas que sufrieron la violación de los Derechos Humanos por parte del Estado. El fruto de este trabajo fue el libro Maternidad en Prisión Política, presentado en Uruguay en 2010. El trabajo recoge los testimonios de presas políticas que estuvieron recluidas durante los primeros meses de vida de sus hijos, algunas de ellas durante el período de gestación.

    En 2007, se colaboró con el Centro de Documentación y Archivo para la Defensa de los Derechos

    Humanos. Corte Suprema de Justicia de Paraguay en el tratamiento del fondo documental denominado "Archivo del Terror", digitalizando documentación, aportando recursos informáticos e impartiendo cursos de archivística al personal que trabaja con este fondo.

    Asf estuvo presente también en la creación en Canadá de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación, que tuvo lugar en Vancouver en Marzo de 2011. La creación de esta comisión tenía como finalidad asumir la injusticia de que fueron objeto los indígenas, víctimas de un auténtico genocidio cultural, un crimen que se ha transmitido de generación en generación constituyendo una verdadera barrera entre los pueblos aborígenes y buena parte de la población canadiense. El Gobierno canadiense dio pleno apoyo al trabajo de la Comisión, que se comprometió a difundir su labor y a hacerse cargo de reparar los daños causados por el genocidio cultural sobre la población indígena llevada a cabo por el gobierno canadiense a partir de 1870 y que perduró hasta muy avanzado el siglo XX.

    Igualmente, se está apoyando el trabajo del Archivo Histórico de la Policía Nacional de Guatemala, hallado en 2005 y que está permitiendo encontrar abundante información de personas desaparecidas y sobre la función represora de este cuerpo de seguridad, en colaboración con el ejército, sobre la población civil. AsF forma parte del Consejo Consultivo Internacional, un organismo que vela por la integridad del fondo del archivo y apoya su trabajo.

    No menos importante es el apoyo que venimos dando desde el año 2006 al pueblo saharaui, que tiene en su archivo nacional, ubicado en territorio de Argelia, uno de los componentes fundamentales de su identidad como pueblo, al mismo tiempo que es un elemento clave en el funcionamiento de la estructura administrativa de la República Árabe Saharaui Democrática.

    Como decíamos, la participación en todos estos proyectos ha sido posible gracias al apoyo del Estado español.

    Visto esto, seguramente habría preguntarse si no sería conveniente que este mismo Estado, que con buen criterio apoya proyectos archivísticos directamente relacionados con la defensa de los derechos humanos fuera de sus fronteras, impulsase de manera decidida el correcto tratamiento de los numerosos fondos documentales que contienen información sobre la Guerra Civil y el franquismo, para dar respuesta a la demanda social de transparencia en el ámbito de la memoria histórica que existe en nuestro país, a veces con más visibilidad y otras con menos, desde el final de la dictadura.

     

    Conflictos, derechos humanos y justicia: la creación de comisiones de la verdad y reconciliación.

    Las Comisiones de la Verdad son organismos de investigación creados para ayudar a las sociedades que han enfrentado graves situaciones de violencia política o guerra interna, a enfrentarse críticamente con su pasado, a fin de superar las profundas crisis y traumas generados por la violencia y evitar que tales hechos se repitan en el futuro.

    A través de las Comisiones de la Verdad se busca conocer las causas de la violencia, identificar a los elementos en conflicto, investigar los hechos más graves de violaciones a los derechos humanos y establecer las responsabilidades jurídicas correspondientes.

    Según Amnistía Internacional, en los últimos 40 años se han creado en todo el mundo más de 30 comisiones de la verdad.

    La mayoría han sido creadas en América Latina y África, donde la vulneración de los derechos humanos y los episodios de violencia por desgracia han sido más frecuentes, pero no son exclusivas de estos continentes; ya hemos visto que Canadá creó en 2001 una Comisión de la Verdad y la Reconciliación.

    En el continente americano, buena parte de los países iberoamericanos han vivido en las últimas cuatro décadas situaciones de violencia y conflictos internos, a causa de graves condiciones de injusticia y desigualdad económica y social. Con la participación del ejército y las fuerzas de seguridad, y casi siempre con la colaboración del poderoso vecino del norte, se produjeron sanguinarios episodios de violación sistemática de los derechos humanos, una práctica que, una vez superados estos episodios de represión e instaurados gobiernos de base democrática, ha dado como resultado la creación de Comisiones de la Verdad y la Reconciliación, algunas impulsadas por el gobierno: Argentina (1983) Chile (1990/2003)) El Salvador (1992) Perú (2000), Uruguay (1985/2000), Paraguay (2000), Panamá (2001), Haití (1995), Ecuador (2007), Granada (2001) y otras por iniciativa no gubernamental: Bolivia (1982) Brasil (1979), Guatemala (1997).

    En África, cabe resaltar el papel de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación creada por el gobierno de Sudáfrica (1995), así como los casos de Sierra Leona (2002), Uganda (1974 y 1986), Ghana (2002), Liberia (2005), la República Democrática del Congo (2003), Nigeria (1999), Marruecos (2004), Chad (1991), Kenia (2008), Burundi (2004)

    En Asia encontramos también ejemplos de la creación de comisiones: Timor Oriental (2002), Sri Lanka (1994) Nepal (1990), Indonesia (2004), Corea del Sur (2000),

    En Europa, es conocido ya el antecedente del tratado de Versalles de 1919, que ya determinaba que Alemania debía entregar a las potencias aliadas a las personas acusadas de haber vulnerado las leyes y costumbres de la guerra. Después de la Segunda Guerra Mundial, los tribunales de Nuremberg y Tokio depuraron las responsabilidades de los culpables de la vulneración de los derechos humanos.

    Más recientemente, en 1992, Alemania creó, después de la reunificación, una Comisión de investigación para el tratamiento del pasado y las consecuencias de la dictadura en la RDA; poco después, a raíz de la guerra de los Balcanes, se crearon los Tribunales Internacionales para la antigua Yugoslavia, en 1993, y para Ruanda, en 1994.

    Finalmente, a partir de 1998 se creó el Tribunal Penal Internacional, con sede en La Haya, como organismo permanente encargado de juzgar a las personas acusadas de cometer delitos contra los derechos humanos.

    En una secuencia de acción-reacción, las iniciativas para hacer justicia siempre siguen a un conflicto armado que ha tenido como consecuencia la vulneración de los derechos de las personas, y tienen en cada país las características específicas que su casuística demanda.

    La búsqueda de la verdad toma muchas formas. La más básica es la búsqueda del destino de las personas desaparecidas. Este puede ser un proceso de búsqueda en los registros, entrevistas a personas, exhumación de los sitios de enterramientos y, en paralelo, realización de pruebas de ADN.

    En general, los objetivos de las Comisiones de la Verdad acostumbran a centrarse en los siguientes aspectos:

    •   La exigencia de responsabilidades a los perpetradores responsables de las violaciones a los Derechos Humanos

    •   La reforma de la estructura gubernamental del régimen anterior para evitar una futura recurrencia de las prácticas represivas pasadas

    •   Poder conocer lo que realmente sucedió, tanto en términos personales (por ejemplo, saber el destino de un ser querido) como en términos de saber por qué ocurrieron los hechos en cuestión.

    •   Derecho a la reparación, a la restitución de la propiedad y a la compensación moral y material por pérdidas sufridas durante el período de represión.

    Las Comisiones de la Verdad no están ligadas a las normas formales de evidencia requeridas por un proceso y, por tanto, utilizan un más amplio rango de archivos que otras instituciones de justicia. Así como los jueces requieren comprender la estructura, las funciones y los archivos de la organización, también lo requieren las comisiones de la verdad. Los archivos del gobierno (especialmente militares, de policía, de los servicios de seguridad, los registros civiles, los instrumentos públicos, los registros judiciales), las difusiones de radio y televisión, los registros de las organizaciones internacionales, los documentos personales, las entrevistas a familiares de los desaparecidos o represaliados serán instrumentos de gran importancia para el esclarecimiento de los hechos ocurridos; en este sentido, la mayoría de las comisiones de la verdad reciben extensos testimonios orales, cuyo registro puede ayudar a sustanciar, expandir o refutar los hechos acaecidos.

    Muchas comisiones de la verdad han tenido dificultades para obtener acceso en archivos militares; algunos han tenido la capacidad de utilizar documentos desclasificados obtenidos en otros países, que han proyectado luz acerca de las actividades militares. Es el caso, por ejemplo, de Guatemala, que ha podido obtener mucha información sobre las andanzas de sus dictadores y el apoyo norteamericano, precisamente gracias a la desclasificación de documentos norteamericanos, o también la luz que ha aportado a la guerra y posguerra españolas la desclasificación de documentos en el Reino Unido, Rusia o el mismo Vaticano.

    En cualquier caso, para la recuperación de una memoria histórica no manipulada y sin vacíos, resulta indispensable la conservación de los archivos generados en el período a analizar y, obviamente, el pertinente tratamiento archivístico que garantice su preservación y facilite el acceso de las personas e instituciones interesadas en su consulta. A partir de la existencia de estos fondos, será la política archivística y de acceso de cada país la que marcará las posibilidades de investigación y, por tanto, la que en definitiva determinará el papel de estos archivos en el esclarecimiento de la verdad, la reparación de las víctimas de vulneración de derechos y la exigencia de responsabilidades a los culpables.

     

    ¿Una comisión de la verdad en españa?

    El peculiar caso español de Guerra Civil, seguido de una férrea y larga dictadura que desembocó en un proceso de transición democrática, con la participación, en mayor o menor medida, de todos los sectores de la sociedad, ha impedido hasta ahora una visión crítica de la feroz represión que tuvo lugar durante y después de la guerra civil. El sistema político resultante, priorizó y prioriza el concepto de reconciliación como garantía de estabilidad democrática, poniendo más empeño en favorecer la impunidad de los violadores de los derechos humanos, o como mínimo no impulsando acciones decididas que permitan esclarecer la verdad de los hechos acaecidos, volviendo a agredir así, en nombre de esta reconciliación, a los familiares de las víctimas.

    Respecto a la viabilidad de la creación de una comisión de la Verdad en España, quizás la pregunta que habría que hacerse es: ¿porqué no tiene que ser viable ?. ¿Acaso no existe una demanda social que reclama luz sobre determinados aspectos no resueltos? El trabajo durante largo tiempo de los colectivos que trabajan para que sea posible y la misma celebración de estas Jornadas responden a esta cuestión.

    Aún cuando, por las mismas características de la entidad, España no es el terreno en que AsF viene desarrollando su trabajo, es evidente que cualquier ámbito en el que se pueda realizar alguna aportación sobre el papel de los archivos en la defensa de los derechos humanos resulta de nuestro interés; con más motivo si está localizado en España.

    Como no podía ser de otra manera, AsF ha dado apoyo a la Plataforma para la creación de una Comisión de la Verdad.

    Ciertamente, es difícil llegar a un estadío de reconciliación cuando unas víctimas han sido objeto de un reconocimiento total desde el mismo momento del final del conflicto, y otras no, y cuando el Estado resultante del proceso de transición crea una ley de amnistía que viene a ser de "punto final" a la hora de demandar responsabilidades a los ejecutores de la vulneración de derechos humanos.

    Se podría plantear que quizás aquel "derecho de conquista" argumentado por algunos para justificar la pervivencia aún hoy de archivos desplazadosdentro del mismo Estado español sirve también para impedir la resolución de contenciosos que hacen imposible el pleno reconocimiento a las víctimas de la represión del régimen franquista.

    Si bien la legislación existente ha estructurado mecanismos para reconocer y compensar a las víctimas de esta represión, no parece razonable que el Estado se inhiba de su aplicación, y no destine los recursos necesarios para ello. Parece como si la memoria histórica de este país se encuentrara sujeta a determinados límites imposibles de rebasar, en base a una dinámica surgida del proceso de transición que siguió a la dictadura y que proyecta una etiqueta de "nociva y perjudicial para la convivencia" a cualquier iniciativa tendente a identificar con nitidez a quiénes fueron las víctimas y quiénes los verdugos, y porqué y de qué manera sucedió todo.

    Por tanto, siendo evidentemente viable y necesaria, la recomendable creación de una Comisión de la Verdad en España no deja de ser un síntoma del cierre defectuoso de la última dictadura, y del agotamiento del sistema surgido a raíz del proceso de transición político-social que tuvo lugar a partir de 1977.

    Para avanzar y empezar un nuevo capítulo en la historia de un país es necesario conocer primero con atención las páginas pasadas y tener la capacidad de valorar lo vivido y decidir sobre el contenido de lo venidero.

    Ciertamente, la ley de amnistía de 1977 no se ha demostrado como la mejor fórmula para cerrar heridas, y la pervivencia de situaciones de agravio, derivadas aún hoy del resultado final de la guerra y de la feroz represión de la posguerra que no hacen sino constatar la necesidad de que el Estado actúe con diligencia y objetividad para buscar de una vez por todas la reparación de situaciones propias de estados poco democráticos.

    Es el caso del mantenimiento de documentación original de instituciones, organizaciones y particulares incautada en 1939 con fines represivos y que, al día de hoy, no se ha devuelto todavía a sus legítimos propietarios, o el bochornoso caso de las más de 2.000 fosas comunes con restos de víctimas de la represión franquista que siguen sin merecer la debida atención del Estado, mas allá de tareas de inventario y documentación.

    Y, siendo cierto que han sido diversas la iniciativas estatales para procurar mitigar los desajustes en el reconocimiento de las víctimas de la represión franquista, fundamentalmente a través de la Ley de Memoria Histórica de 2007, no es menos cierto que los recursos para aplicarla han sido escasos, síntoma de una más que evidente falta de interés de la maquinaria del Estado para resolver de una vez por todas un problema que se ha convertido en endémico.

    Dicho de otra manera: el Estado debería liderar el proceso de creación de una Comisión de la Verdad, o a lo menos darle todo el apoyo posible.

    Para que una Comisión de la Verdad sea eficiente debe reunir una serie de requisitos:

    •   No debe ser sólo testimonial, y exigir el enjuiciamiento de los responsables, ligando así verdad y justicia.

    •   Debería ser creada por el mismo Estado y tener facultades legales para tomar declaraciones y para recibir testimonios, así como reunir otras pruebas.

    •   Debe estar integrada por ciudadanos y sin cargos de gobierno ni en partidos políticos, que demuestren una trayectoria vinculada a la defensa de los derechos humanos. Es deseable la máxima objetividad. Con todo, sería conveniente una representación -minoritaria- de las fuerzas políticas con representación parlamentaria

    •   Los resultados deben ser objeto de amplia difusión

    Como dice Antonio González Quintana en su libro "Políticas Archivísticas para la defensa de los derechos humanos":Es evidente que la causa de los derechos humanos precisa de sinergias entre colectivos que pueden aportar metodología y principios básicos, como los abogados, los antropólogos, los historiadores, los archiveros y los defensores de los derechos humanos..

    Es, pues, una tarea conjunta de todos aquellos que crean que sólo el conocimiento de la verdad hará posible impartir justicia, y en esta tarea es indudable que los archivos son pieza clave.